Es tiempo de amarnos,
de entendernos,
de comprender lo que no supimos.
Es tiempo de despertar,
tiempo, espacio, oportunidad.
Es tiempo de gritar,
reir y llorar a un mismo tiempo.
Es tiempo de caminar,
de ver al corazón,
de sentir lo verdadero,
de explicar lo que algún día creímos.
Es tiempo de nosotros,
de amarnos irremediablemente.
13 de nov 2012
martes, 13 de noviembre de 2012
jueves, 8 de noviembre de 2012
Brevario de una noche...
Qué sería de no verte,
no tenerte,
no amarte,
nada, simplemente, nada.
Cuál sería mi destino,
un camino de amor perdido.
En las noches de ausencia,
entre las sábanas, tu olor y mi dolor,
el olvido es imposible,
tu presencia irrevocable.
No hay forma de olvidarte,
insomnio para no soñarte,
mirada fiel desconcertante.
Cuánto amor en una noche,
lágrima oculta en cada instante.
Qué sería de no amarte,
nada, simplemente, nada.
Octubre de 2012
no tenerte,
no amarte,
nada, simplemente, nada.
Cuál sería mi destino,
un camino de amor perdido.
En las noches de ausencia,
entre las sábanas, tu olor y mi dolor,
el olvido es imposible,
tu presencia irrevocable.
No hay forma de olvidarte,
insomnio para no soñarte,
mirada fiel desconcertante.
Cuánto amor en una noche,
lágrima oculta en cada instante.
Qué sería de no amarte,
nada, simplemente, nada.
Octubre de 2012
lunes, 24 de septiembre de 2012
La Selva Lacandona como poema de la vida...
El
que no conoce la Selva
Lacandona no es capaz de sollozar al oído la distancia. Ella
es nuestra casa, que es la casa de todos; el pulmón de la vida para México y
para el mundo. Es un mundo mágico en el que convergen la naturaleza y el amor a
la vida. La selva Lacandona es un poema para la humanidad; una oportunidad para
reflexionar el vasto deseo de vivir entre el recuerdo de los mayas, de los conquistadores y
del agreste ambiente selvático. Ambiente que se sumerge entre el agua, el
cántaro de los pájaros y las noches iluminadas por las luciérnagas. Eso es la Selva , eso es Chiapas.
La observación cuidadosa
del entorno permite admirar las mil y una maneras en que los seres vivos se
enfrentan al reto de la supervivencia: los enormes árboles que atrapan y funden
la luz y el agua y crean sombra para los otros organismos; plantas como las
lianas y enredaderas que los usan como soportes y entretejen su existencia a la
de ellos en busca de luz; orquídeas de colores que estremecen al espíritu más
frívolo y formas atrayentes para los insectos polinizadores; y bromelias que
almacenan agua y se convierten en condominios aéreos para varias especies que
todos los días hacen metamorfosis.
En medio de tanta vida se
regula el clima como modalidad social, se atenúa el impacto de las lágrimas de
Dios con la lluvia sobre el suelo y se produce oxígeno y vida, en una actividad
incesante de incontables microorganismos, plantas y animales que se dejan
seducir por la cadena alimenticia.
Los árboles con grandes alturas tocan
el paraíso, lo que los convierte en predominio incesante de poder o imperio
natural en el paisaje. Aquí habitan también las ceibas, amates, guanacastles,
el súchil, la caoba y el palo mulato, hijos todos de la tierra; la tierra que es la tierra, como la rosa “rosa”
pero piedra.2
En muchos de ellos se observan los típicos contrafuertes que les permiten
agarrarse al suelo. Permanece allí en las tardes de lluvia, dejando un solo
instante el amor del sol, que viene de
lejos hacia nosotros y empiezan a galopar los árboles.3
Pero en nuestra selva –la
casa de ustedes- hay dos factores por los que todos los seres vivos compiten:
la luz y el agua. Al lugar en que cae la
semilla acude el agua: es el agua la que germina, sube al sol. Por el tronco,
por las ramas, el agua asciende al aire, como cuando te quedas viendo el cielo
del medio día y tus ojos empiezan a evaporarse. Las plantas crecen de un día a
otro. Es la tierra la que crece; se hace blanda, verde, flexible. El terrón
enmohecido, la costra de los vicios árboles, se desprende, regresa. ¿Lo has
visto?4
El verde oscuro brillante que domina el panorama es característico de las
hojas que se extienden a veces más de un metro de longitud para atrapar la poca
luz que dejan pasar las copas de los árboles o lo que llamamos el dosel de la
selva. Muchas poseen extremos puntiagudos que favorecen el goteo de la humedad
que recolectan, porque es la sombra del
agua y el eco de un suspiro, rastro de una mirada…5
En el sotobosque,
predominan las palmas, los helechos, diversas hierbas y plantas rastreras: es
el sitio de la penumbra. Ahí llega sólo del 1 al 3% de la luz; alrededor de las
cuatro de la tarde parece que ya es de noche. Esto crea un ambiente muy
especial en el cual sobreviven organismos que han desarrollado ciertas
estrategias para vivir entre el agua y las
gotas de luz que llenaron ojos vacíos, y un cuerpo de hojas y alas se fue el
rocío.6
La diversidad de animales
es una rapsodia: colibríes dispersores de polen; mariposas, tucanes, loros y
guacamayas que muestran vistosos coloridos; el águila arpía que hace presa de
los monos araña, los saraguatos y los osos hormigueros; jaguares, ocelotes y
tapires que sigilosamente recorren la selva; peces y aves acuáticas; numerosos
insectos y reptiles, entre muchos otros.
La selva cuenta con una
riqueza genética de gran importancia y puede ser fuente proveedora de fármacos,
árboles maderables, semillas y aromas atrayentes que son parte de nuestra
alimentación, como la vainilla. Es una vil fuente de vida.
Esto es la
Selva. Un poema de amor para la vida que a
lo largo de muchos años, nadie puede negar que es un refugio del misticismo de
los mayas en Chiapas. Y es que la historia contemporánea de esta zona
denominada Comunidad Lacandona, se podría situar a fines de los años 60, cuando
las oleadas de migrantes choles y tzeltales continuaban penetrando hacia las
zonas no pobladas aún. Así es como se tienen 27 asentamientos dispersos en los
márgenes del río Usumacinta, Sto. Domingo y Lacanjá y 33 poblados en la zona de
las Cañadas.
En esta hermosura natural,
todos deberíamos pensar que nuestra voz
suba a los montes y baje a la tierra y truene, porque eso piden nuestras
gargantas desde ahora y desde siempre7, y lo seguirán pidiendo,
para que desde las venas del Grijalva y el Usumacinta, se eleve nuestra
plegaria para conmover al mundo globalizado de nuestra existencia. Ayudemos a que quede la libertad para todo pájaro que
sin saber volar componga los sonidos del silencioso viento.8
Por eso le damos gracias a
Dios, porque nos ha dado un verdadero paraíso natural que con el agua y el
misterio, yace ahí, en espera de un mejor futuro para la sobrevivencia humana que
nos permita vivir, vivir y morir. Nada es imaginación, todo está aquí, entre
nosotros, entre ustedes, entre los que quieren y aman la vida misma como
oportunidad de hacer lo que no hemos querido o deseado.
Esto es sagrado, porque lo
sagrado –nos dice Mircea Eliade- es lo puesto aparte, lo separado de lo
profano, "Lo sagrado se manifiesta siempre como una realidad de un orden
totalmente diferente al de las realidades "naturales". Es la
manifestación de algo "completamente diferente", de una realidad que
no pertenece a nuestro mundo "natural", "profano", lo
sagrado puede manifestarse en las piedras o en los árboles, y no se trata de la
veneración de una piedra o de un árbol por sí mismos. La piedra sagrada, el
árbol sagrado no son adorados en cuanto tales; lo son precisamente por el hecho
de "mostrar" algo que ya no es piedra ni árbol, sino lo sagrado, como
nuestra Selva que vale por sí misma para todos. ¡Oh hermosa selva!, no te hace falta ni un pétalo, ni un olor,
ni una sombra. Colocada en tu alma, dispuesta a ser rocío en la yerba del
mundo, leche de luna en las oscuras hojas…9
La Selva es vuestra Selva.
Verde y colorida que abraza el cosmos de una tierra prometida; la inspiración
de una soledad en desesperanza y el gusto por el amor a la naturaleza. De ahí
que Chiapas sea en el cosmos lo que una flor al viento… porque surgió inadvertida como un rezo de lluvia entre las hojas, tenue
como la brisa, tierna como un suspiro, pero surgió tan onda, tan real, tan
verdadera y tan eterna como el dolor, que desde siempre riega su trágica
semilla por el mundo, desde entonces, Chiapas es en el cosmos lo que una flor
al viento…10
La Selva ya no calla; su
voz, que es vuestra voz, tocó las puertas del mundo y del cielo…para todos la luz, para todos todo.11
Sabemos que esa luz no se negocia porque es un acto de conciencia que nos
permite vivir en medio de una cosmogonía que pareciera se traslapa con la
cultura moderna, esa que a veces no reconoce su propia identidad. Pero aquí
estamos, valorando lo que merecemos como cultura que llama y grita en este
invisible universo, lleno de llanuras, almas perdidas y un antepasado vivo que
nos conduce todos los días a la felicidad de una verdad que no se compara con
nada: vuestra verdadera identidad, porque
os de saber que Chiapas no solo es el insomnio de la selva besando la palabra de los
vientos y el río llorando epopeyas en el torrente de las horas viejas, porque
percibimos en ella una sed insaciable de nuevos horizontes, un ansia
inconfesada de compartir su vieja voz de arrullo, su triste voz, triste como la
imagen del indio clavada entre la cruz de sus caminos.12
Desde las soledades del sureste
mexicano.
1 Martínez,
Fernández Alfredo, Caminata por las
lagunas de la meseta “El Ocotal”, México desconocido on line. Vid. www.terra.com.mx.
2
Sabines, Jaime, poema “Uno es el
hombre”.
3
Ibidem, poema “Adán y Eva".
4
Idem.
5
Ibidem, poema “Es la sombra del agua”
6
Idem.
7 Pasalcor,
Pablo, “De cuando los cerros sudan
témpanos de fuego.”
8
Idem.
9 Sabines,
Jaime, poema “Te quiero porque tienes…”
10 Cancino Casahonda, Enoch, poema “Canto a Chiapas”
11 Subcomandante
Marcos, Declaración de la selva lacandona.
12
Cancino Casahonda, op. cit.
viernes, 7 de septiembre de 2012
Apuntes del Juicio de Amparo.
El Juicio de Amparo
es una de las instituciones mexicanas reconocidas a nivel internacional, donde
se pone de manifiesto la búsqueda del respeto hacia las libertades de los individuos
(mal denominados gobernados) –llamadas
garantías individuales- y el fortalecimiento de la supremacía de la
Constitución. Su evolución en el sistema jurídico mexicano ha pasado por
diversas etapas donde podemos identificar su teleología, la cual, es sin duda,
un medio de control constitucional que restringe el poder del Estado cuando
invade, vulnera o intenta conculcar la esfera jurídica del individuo. Por ello,
su objeto es garantizar las libertades públicas individuales y defender la
Constitución Fundamental.
Sus orígenes o
antecedentes no han sido diferenciados en forma exacta por la doctrina, pues
varios autores dan cuenta de instituciones jurídicas similares al “amparo” en
la historia, lo que para otros representa citar únicamente instituciones
parecidas pero que no son un antecedente pleno del juicio en comento. Sin
embargo, señalaremos parte de lo que se ha dicho en cuanto al origen del amparo. Se habla de un supuesto
antecedente directo relativo a las facultades que tenían las Audiencias en la Nueva España de conocer de las
apelaciones que se hacían valer en contra de los actos de los virreyes y
moderar éstos ejerciendo un verdadero control, así como una verdadera
supremacía judicial, respecto de los actos del poder público, mismo que fue
denominado como “Amparo Colonial”
por el jurista Andrés Lira González.
Para 1881 Ignacio L. Vallarta hace referencia al “Habeas Corpus” de Estados Unidos de
América como un antecedente del Amparo Mexicano, lo que fue desmentido por
Emilio Rebasa quien aclaró que el juicio proviene de otros procedimientos de
defensa de la Constitución de E.U.A. y no del “Habeas Corpus” por considerarse
una de las piezas del sistema americano que tiene por objeto exclusivo
proteger la libertad individual en contra de prisiones arbitrarias o ilegales.
En las Siete Leyes Constituciones de 1836
encontramos un antecedente en relación al control constitucional, me refiero a
las atribuciones del Supremo Poder
Conservador que era una imitación del senado conservador francés, el
cual podía declarar la nulidad de una ley o decreto dentro de los dos meses
después de su sanción, cuando sean contrarias a artículo expreso de la
constitución. Empero y, muy a pesar de
que nuestro juicio de amparo evolucionó lentamente, tiene 156 años de
nacimiento, pues entró a la vida nacional con el derecho positivo en el Acta de Reforma de 1847 y si bien es
cierto tardó en ser reglamentado y puesto auténticamente en marcha, de
inmediato captó la atención de los estudios del Derecho.
Se sabe que Manuel Crescencio Rejón propuso el
Juicio de Amparo en la Constitución
Yucateca de 1841 y a posteriori –encontrándose el país en plena lucha
con los E.U.A.- el 6 de diciembre de 1846 se instaló un Nuevo Congreso
Constituyente, el sexto en los de su clase, que integró una Comisión de
Constitución por Mariano Otero, Manuel Crescencio Rejón, Joaquín Cardoso y
Pedro Zubieta. Los tres últimos pugnaban por el simple reestablecimiento de la
Constitución de 1824, no así Mariano
Otero, quien en un voto particular proponía la restauración del cuerpo
constitucional de 1824 con adiciones y reformas que hizo consistir en la
reorganización del Senado, la supresión de la vicepresidencia, el
reconocimiento de derechos del hombre y en
forma destacada un control mixto de la constitucionalidad, con el que
daba nacimiento al Juicio de Amparo.
Tanto Don Manuel Crescencio Rejón como
don Mariano Otero, son los creadores del Juicio Constitucional, por su
aportación al orden jurídico y porque surgió en respuesta a la injusticia, la
desigualdad y la arbitrariedad con las que se conducían las autoridades en
aquella época centralista.
En cuanto a su
definición son variadas las que se han elaborado, pero en síntesis es un juicio
o medio extraordinario de defensa que tiene por objeto garantizar y proteger
las libertades públicas de los individuos, manteniendo la supremacía de la ley
fundamental. Asimismo, tiene como finalidad preservar el orden constitucional y
la legalidad en todos aquellos actos que realicen las autoridades.
Cronología y evolución
constitucional:
- – Constitución Yucateca del 26 de mayo de 1841 (propone Manuel Crescencio Rejón).
- – Acta de Reforma a la Constitución Federal de 1824 promulgada hasta el 21 de mayo de 1847 a iniciativa de don Mariano Otero.
- – Constitución Federal del 5 de febrero de 1857, convocada por Juan Álvarez en acatamiento al Plan de Ayutla y redactada por Ponciano Arriaga, quien precisamente presentó un proyecto en relación al artículo 102, referente al juicio de amparo.
- – Constitución Federal vigente, promulgada el 5 de febrero de 1917, que regula el juicio de amparo en sus bases esenciales, artículos 103 y 107.
Como ya dijimos el objetivo primordial
del juicio es garantizar, por un lado, la protección de los derechos del
individuo y, por el otro, la defensa de la Constitución Política en su
totalidad. Cabe destacar, que la
lentitud de su reglamentación permitió mejorar poco a poco sus imperfecciones.
La primera ley que reglamentó el juicio de amparo de 1847 y su posterior de
1857 fue promulgada en el año de 1861.
Y la ley reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución de 1917
tiene 67 años de nacimiento, ya que entró en vigor en 1936 y hasta el año de 1999 sufrió 25 reformas.
El juicio de
amparo como medio de defensa a los actos arbitrarios del Estado que atentan
contra las libertades del individuo, es
también por antonomasia un medio de control constitucional que limita el
ejercicio del poder fuera de la ley y, que garantiza a la vez, la existencia
del Estado de Derecho en México, toda vez que procede contra leyes que violen
el espíritu de la Constitución. De ahí que la legalidad de los actos del
Estado, sea otra finalidad.
1. - Un régimen
constitucional, tanto sustantivo como adjetivo.
2. – Una
Constitución Suprema escrita.
3. – Declaración
de derechos públicos individuales.
4. – Un tribunal o
tribunales competentes.
En términos del
articulo 107 constitucional el amparo se tramita como un juicio, como un
proceso judicial y se inicia, por tanto, por el ejercicio de una acción
especial, la acción de amparo que, por su propia naturaleza, pone en movimiento
la jurisdicción, también especial, consignada en el articulo 103 de la propia
ley fundamental y que está confiada a los tribunales de la federación.
Los principios del
juicio de Amparo son:
1.
Principio de instancia de parte agraviada. El
juicio no se tramitará de oficio por ninguna autoridad judicial, sólo por
petición del propio afectado, su apoderado o representante legal (o por
cualquier otra persona pero sólo en los casos en que el afectado esté privado
de su libertad personal).
2.
Principio de agravio personal y directo. Sólo podrá
solicitar amparo quien sea el titular del derecho subjetivo que se considere
afectado por el acto de autoridad.
3.
Principio de prosecución judicial. El juicio se
tramitará con arreglo, exclusivamente, a las disposiciones procesales de la Ley
de Amparo y, sólo en caso de que ésta sea omisa o insuficiente, por
supletoriedad se aplicará el Código Federal de Procedimientos Civiles.
4.
Principio de definitividad. El juicio de amparo
sólo procederá cuando contra el acto de autoridad, no esté previsto ningún
recurso o medio de defensa legal, o estándolos, se hayan agotado previamente a
la demanda de amparo. Este principio admite diversas excepciones, por ejemplo:
en materia administrativa, cuando la ley que rija el acto reclamado, no prevea
la suspensión del mismo o para suspenderlo pida requisitos mayores que la Ley
de Amparo; cuando el acto reclamado no esté fundado y por ello no pueda saberse
qué medio ordinario de defensa se debía agotar; contra actos que afecten a
terceros extraños a juicio.
5.
Principio de estricto derecho. La sentencia del juicio
se limitará a resolver las cuestiones propuestas en los conceptos de violación,
sin poder abordar otras. También admite excepciones por suplencia de la queja
deficiente, ya sea respecto a los conceptos de violación o a los agravios en el
recurso de revisión, en casos como los siguientes: en materia laboral a favor
sólo del trabajador; en materia penal a favor del acusado; en cualquier materia
si se advierte una violación manifiesta de procedimiento que haya dejado sin
defensa al quejoso; en materia familiar a favor de menores o incapacitados.
6.
Principio de relatividad de las sentencias. La
sentencia del juicio sólo protegerá a individuos particulares que hayan
promovido el juicio, sin beneficiar a nadie más, y el acto quedará invalidado
sólo para el quejoso que haya litigado, pero no se hará ninguna declaración
general sobre la ley o acto impugnado.
Existen amparos directos que se promueven contra resoluciones que ponen fin a
juicio (sentencias o lados) y se interponen ante los Tribunales Colegiados de Circuito
e indirectos promovidos ante los
jueces de Distrito, sobre actos que ocurran dentro del procedimiento que causen
daño irreparable al quejoso, leyes tratados y cualquier expresión materialmente
legislativa, actos antes de procedimiento o después de concluido, incluyendo
actos de ejecución de sentencia o bien aquellos actos que provengan de
autoridades distintas a las judiciales, administrativas o del trabajo.
Los Tribunales
Colegiados actúan como tribunal de alzada para revisar la constitucionalidad de
las acciones de los jueces ordinarios locales y la de los jueces de Distrito en
el recurso de Revisión. Mientras que los jueces de Distrito tienen una doble
jurisdicción: una ordinaria propiamente dicha cuando actúan como jueces penales
en el conocimiento de delitos federales y otra constitucional cuando conocen de
algún Amparo Indirecto.
1. Burgoa, Ignacio, El juicio de Amparo, Porrúa, México,
1997.
2. Ferrer
McGregor, Eduardo. Compendio de Derecho Procesal Constitucional, 2ª
Edición, Editorial Porrúa, México, 2004.
3. Fix
Zamudio, Héctor, Ensayos sobre el Derecho de Amparo, Última Edición,
Editorial Porrúa, México, 2003.
4. Góngora Pimentel, Genaro D., Introducción al estudio del juicio de Amparo,
Porrúa, México, 1999.
5. Palacios
Vargas, J., Ramón. Instituciones de Amparo, Última Edición, Editorial
Cajica, México, 1963
6. Rabasa, Emilio, Historia de las Constituciones Mexicanas, IIJ-UNAM, México, 2000.
7. Tena Ramírez, Felipe, Derecho Constitucional
Mexicano, Porrúa, México, 1996.
8. Noriega,
Alfonso. Lecciones de Amparo, Última Edición, Editorial Porrúa, México.
martes, 4 de septiembre de 2012
Hacia una neociudadanía
Probablemente
algunos de los problemas más significativos en las democracias contemporáneas
sean a quiénes se eligen y cómo hacer de los elegidos un gobierno eficiente.
Esto radica en la necesidad de encontrar
y diseñar mejores mecanismos de organización, vigilancia y sanción dentro de
los sistemas electorales, más aún, si en los tiempos que estamos viviendo, la
democracia en América Latina no ha respondido a las exigencias ciudadanas, debido
entre otras cosas, a que le hemos colgado preseas
falsas que han generado el sentimiento popular en más de un 50% de los
ciudadanos latinos dispuestos a sacrificar un gobierno democrático en aras de
un progreso real socioeconómico (Informe PNUD). Este enfoque puede darnos una
idea del descontento con la democracia, identificada con los malos gobiernos
que no han sido capaces de solucionar los problemas que nos aquejan a diario
(desempleo, inseguridad, impartición de justicia, nivel de vida, etc.).
Sin
embargo, más allá del diseño de reglas mínimas para conformar los cuerpos
representativos, la democracia en su acepción liberal, exige una transición
social de quienes ejercen los derechos políticos en el Estado; nos referimos al
ciudadano, que más allá de ser una célula integradora de la cosa pública, es un
factor de conservación o cambio de la estructura estadual y, por ende, del
funcionamiento de los gobiernos.
En la jornada electoral de julio
pasado, en la que se eligieron más 2 mil representantes populares, incluido el
presidente de la República, el ciudadano manifestó su derecho político del voto
y, por consiguiente, ejerció una parte de su derecho de participación. Y es que
participar significa “tomar parte”, convertirse uno mismo en parte de una organización
que reúne a más de una sola persona. De modo que la participación es siempre un
acto social: nadie puede participar de manera exclusiva, privada, para sí
mismo. La participación suele ligarse, con propósitos transparentes y casi
siempre favorables para quiénes están dispuestos a ofrecer algo de sí mismos en
busca de propósitos colectivos. La participación es, en ese sentido, un término
grato. La verdadera participación, la que se produce como un acto de voluntad
individual en favor de una acción colectiva, descansa en un proceso previo de
selección de oportunidades. De este modo, la participación es siempre, a un
tiempo, un acto social, colectivo y el producto de una decisión personal.
Más allá de esta decisión ciudadana
de elegir y conformar los poderes públicos, el proceso electoral nos deja
algunas lecciones que no debemos soslayar. En primer lugar, entender que la
disidencia también es democracia, que no todos compartimos la misma idea de
bien común y que, por consiguiente, debemos ser respetuosos de las decisiones
de los demás. En segundo lugar, que existen instituciones, conformadas como
producto de la evolución propia de nuestro sistema político y, por último, que
la violencia no es el camino por ningún motivo para exigir, que el respeto debe
ser siempre la bandera del diálogo y la reconciliación. Eso significa ser un
buen ciudadano, cuando se entienden y comprenden las complejidades de la
democracia, en donde nadie pierde, todos ganan.
Debemos
prepararnos para lo que viene, cerrar la página del conflicto, aclarar los
actos irregulares, organizarnos y actuar en consecuencia con la nueva
conformación de los poderes electos. Por esta razón, se justifica el nacimiento
de una corriente alterna en el pensamiento popular que sea corresponsable en la
vigilancia gubernamental para sancionar a los gobernantes ineptos. Esto motiva
la idea de una neociudadanía capaz de encontrar la fórmula para castigar a
quienes abusan de la democracia y en su nombre gobiernan, mienten y ofrecen
soluciones vagas. El neociudadano es una necesidad social y política para no
regresar al estado de naturaleza hobbesiano y dejar que el Estado pierda su
razón de ser al alterarse los niveles de convivencia.
El
neociudadano es un ente social y político comprometido con su tiempo y su
espacio. Debe ser el artífice de una “oposición responsable”, que no permita
los retrocesos y de esta forma, dirigir por buen camino los destinos de la
Nación. Hoy la calidad sustantiva de los derechos políticos requiere un sistema
electoral que haga efectiva la participación política de los ciudadanos en toda
su dimensión, tanto para elegir a sus representantes como para ocupar los
puestos de elección popular y vigilarlos. Ergo, las exigencias del ciudadano de
hoy no se deben reducir al mero goce de los derechos de votar, ser votado,
asociación o afiliación políticas, porque dichos derechos no son suficientes
para que el pacto social se conserve. Ante la crisis institucional de falta de
cumplimiento de programas de gobierno y el aumento de la impunidad en los
titulares de la administración pública, el ciudadano requiere en su esfera de
derechos nuevos mecanismos de sanción que le aseguren un mejor funcionamiento
al ejercicio institucional y gubernamental. De esta forma, cuando nos referimos
al “neociudadano”, nos estamos refiriendo a los nuevos derechos que el
ciudadano requiere para la consolidación de la democracia no reducida
exclusivamente a los procesos electorales o a las urnas, sino a todo un proceso
de responsabilidad y compromiso con la transparencia, la equidad, la justicia y
el Estado constitucional. Este proceso electoral que vivimos, es propicio para
impulsar desde cualquier ámbito, un neociudadano que responda al verdadero
valor que significa “votar” para elegir a sus representantes. Votar, es también
vigilar y coparticipar en las decisiones colectivas.
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